tag:blogger.com,1999:blog-54411520962514412782024-03-14T07:33:14.488+01:00Amir Nahas Vilar - Arquitecto TécnicoArquitecto técnico - Ciudad Real, Valdepeñas, Manzanares, La SolanaAnonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.comBlogger38125tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-18839951871777412682015-02-24T08:00:00.000+01:002015-02-24T08:00:02.073+01:00Llegan las multas a las viviendas sin certificado energéticoEn la web Cincodias.com han publicado la siguiente información:<br />
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Cuando a mediados de 2013, la ley estableció la obligatoriedad de que todas las viviendas que se vendieran o alquilaran debían contar con un certificado energético, los expertos ya advirtieron que no se generalizaría su solicitud hasta que llegaran las multas. Pues bien, ese momento ya está aquí. La gestión de este documento, que mide el grado de eficiencia energética de los inmuebles, depende de las comunidades autónomas y, por ello, es muy complicado obtener datos homogéneos de todas y cada una de ellas.<br />
Sin embargo, la Comunidad de Madrid, una de las regiones donde se concentra la mayor actividad inmobiliaria del país, ha hecho públicos los datos de los expedientes sancionadores que ha abierto hasta ahora.<br />
Durante 2014, primer ejercicio completo en el que estuvo en vigor esta nueva exigencia, se incoaron un total de 21 expedientes sancionadores, una cifra que se antoja francamente ínfima si se compara con el total de certificados energéticos expedidos, que sumaron 120.397 en dicho territorio, según las cifras a las que tuvo acceso CincoDías. Así, dichos procesos apenas representaron el 0,01% del total de documentos concedidos, si bien este resultado no quiere decir que sea consecuencia de que casi todos los certificados están correctamente elaborados. Como es lógico, la inspección ha arrancado hace relativamente poco tiempo y no ha llegado aún a buena parte del mercado.<br />
De esos 21 expedientes, nueve de ellos se iniciaron por falsear la información que aparece en los certificados energéticos, ya que ésta no coincidía con los datos que constataron después los inspectores de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la comunidad. En otras nueve ocasiones, la inspección concluyó que el inmueble que pretendía arrendarse no contaba con el preceptivo certificado. Y en los tres procesos restantes, la inspección decidió actuar al comprobar que el técnico certificador que firmaba el documento no reunía los requisitos legalmente establecidos (la titulación habilitante) para poder realizar estos exámenes a las viviendas y edificios.<br />
Bajas calificaciones<br />
Fuentes de la Consejería de Economía del Gobierno de Ignacio González especificaron que de esos 21 expedientes abiertos, 16 ya concluyeron y se procedió a sancionar finalmente a un total de 14 infractores, mientras que los cinco procesos restantes aún se encuentran pendientes de resolución. La cuantía de las sanciones impuestas fue de 601 euros por arrendar un piso careciendo del preceptivo certificado, mientras en los casos en los que la multa fue por la no idoneidad del técnico que emitió el documento o por falsear la información relativa al inmueble, los importes oscilaron entre los 2.000 y los 6.000 euros.<br />
Del balance obtenido en Madrid, también se desprende que pese a que son muchos los certificados tramitados, baste comparar esa cifra de 120.397 documentos emitidos el año pasado con las 44.231 casas que se vendieron en la región en idéntico periodo, según los registradores de la propiedad, fuentes de la Consejería de Economía advierten que no es posible discernir cuántos de ellos son para casas en venta y cuáles en alquiler. Y es que esa información no suele incluirse en el certificado y además en España aún no existe una estadística oficial sobre cuántas viviendas se encuentran en régimen de arrendamiento. Increíble, pero cierto. Sobre las notas obtenidas, suspenso generalizado, al haber acaparado el 82% de las casas alguna de las tres peores calificaciones. De hecho, el 17,6% de ellas obtiene la peor, una G.<br />
Qué debe incluir una correcta evaluación<br />
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Al haberse instaurado la obligatoriedad de la evaluación energética de las viviendas en 2013, cuando lo peor de la crisis económica aún no había pasado, pronto se produjeron denuncias sobre la picaresca que comenzaba a invadir este negocio.<br />
Primero, fueron las demandas de algunos colectivos profesionales sobre supuesto intrusismo de otros titulados y después se sucedieron las denuncias sobre empresas o autónomos que ofrecían realizar el certificado a precios anormalmente bajos, sin visitar el inmueble y otros que incluso, a priori en su publicidad, garantizaban la máxima calificación.<br />
Sepa que quienes están autorizados a realizar esta evaluación son, fundamentalmente, arquitectos e ingenieros. También, están capacitados los arquitectos técnicos, ingenieros técnicos industriales y otros ingenieros y técnicos de formación profesional, estos últimos en categoría de ayudantes. No se fíe si le cobran menos de 100 euros por una vivienda tipo de unos 90 metros cuadrados (el precio lo marca la superficie a analizar) y si el técnico le asegura que no es necesario que él visite el inmueble. Por último, y una vez otorgada una letra de la escala de calificaciones, si ésta se encuentra entre las más bajas, un buen certificado debe incluir qué mejoras debe incorporar a su vivienda para lograr una calificación mejor.<br />
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<br />Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-40337921693097791532015-02-13T08:30:00.000+01:002015-02-13T08:30:00.062+01:00La subida de la luz con el servicio de interrumpibilidad en 2015<div style="text-align: justify;">
Adjunto el articulo publicado en la web de Alcanzia, recomendable leerlo. </div>
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La factura de la luz no para de subir!!!!</div>
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El año pasado, el gobierno subió los peajes eléctricos de tal forma que nos subió a todos los consumidores el término de potencia y energía, y con ello el coste de nuestra factura eléctrica. Estos peajes sirven para financiar los costes del sistema eléctrico.</div>
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A lo largo del último trimestre de 2014 el ministro de industria José Manuel Soria recalcó en varias ocasiones que no iba a subir los peajes en 2015 y así lo ha hecho. Los peajes de acceso a la red no han subido en 2015, no obstante en esta ocasión y mediante la obligación de abono del servicio de interrumpibilidad, ha subido de nuevo los costes que deben soportar los consumidores en su factura de la luz.</div>
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<b>¿Qué es el servicio de interrumpibilidad?</b></div>
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<b><br /></b></div>
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Supongamos que un día concreto hay una punta de consumo, y que de repente muchísimos consumidores demandan mucha más electricidad de la que Red Eléctrica tenía prevista en la planificación diaria que realiza. En esta situación, Red Eléctrica puede pedir a determinadas industrias que consumen grandes cantidades de electricidad que paren su producción y usar esa electricidad para satisfacer la demanda pico que han generado los consumidores. Para entendernos, digamos que existen algunos grandes consumidores que están dispuestos a dejar de consumir electricidad para que la tengan otros consumidores en momentos donde el suministro eléctrico se puede ver comprometido.</div>
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Como es obvio, que estos grandes consumidores paren sus producciones, tiene un coste. Este coste se determina cada año mediante lo que se denomina una ‘subasta de interrumpibilidad’. En definitiva, se trata de una subasta donde acuden los grandes consumidores y ‘pujan’ por el precio al que estarían dispuestos a parar sus producciones en caso de que se produjese una demanda extraordinaria.</div>
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Para este año, las dos subastas que se produjeron en noviembre y diciembre de 2014, arrojaron un coste total de 507 millones de euros. Este coste estaba incluido anteriormente dentro de los peajes y por ello los peajes subían cada año en función de las variaciones de los costes asociados al sistema eléctrico (entre ellos el servicio de interrumpibilidad). No obstante, este año se ha optado por no modificar los peajes e incluir el coste de la interrumpibilidad de manera separada. Lo cierto es que no sólo resulta bastante curiosa esta manera de proceder sino que se pueden sugerir muchas interpretaciones de por qué el gobierno ha decidido sacar de los peajes este coste. En cualquier caso, nos centraremos en explicar cómo nos afecta.</div>
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<b>¿Cómo afecta a mi factura el coste del servicio de interrumpibilidad?</b></div>
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<b><br /></b></div>
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Básicamente la factura sube, puesto que suben los costes regulados. Vamos a ver cuánto sube y el por qué de las cifras que se manejan entorno a este coste.</div>
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Como hemos dicho anteriormente el coste del servicio de interrumpibilidad se ha cifrado para 2015 en 507 millones de euros aproximadamente. Si consideramos la previsión de demanda de energía para el presente año tendríamos una cifra de 240 TWh. Si dividimos los 507 millones de euros por la demanda prevista tendríamos:</div>
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2,05 euros/MWh ó 0,00205 euros/kWh</div>
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A este coste habría que añadirle las pérdidas que se producen en la red eléctrica y que dependen funadamentalmente del tipo de contrato que tiene cada usuario. Para simplificar consideraremos que aproximadamente un usuario en baja tensión tiene unas pérdidas del 15%, mientras que un usuario en alta tensión tiene unas pérdidas del 8%.</div>
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En definitiva, si tenemos un suministro en baja tensión, el término de energía se verá incrementado en 0,0024 €/kWh, mientras que si nuestro suministro es de alta tensión el incremento sería de 0,00223 €/kWh. Este incremento es de aplicación a partir del 1 de enero de 2015.</div>
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<b>¿Entonces en cuanto me subirá la factura de la luz?</b></div>
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<b><br /></b></div>
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Básicamente, como hemos explicado, lo que sube es el término de energía y por tanto la tarifa que se aplica sobre la energía que consumimos. Para aclararlo mejor, veamos un ejemplo:</div>
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Supongamos un consumidor que hasta el 1 de enero de 2015 tenía contratada la tarifa 2.0A con un precio de 0,13128 €/kWh. Añadiendo el coste por el servicio de interrumpibilidad (0,0024 €/kWh) tendríamos:</div>
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0,13128 + 0,0024 = 0,13368 €/kWh</div>
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<br /></div>
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Para el caso de las tarifas 2.1A, 2.0DHA, 2.1DHA y 3.0A el procedimiento de cálculo sería el mismo. Únicamente habría que considerar que si la tarifa tiene varios periodos, la suma hay que realizarla a cada uno de los periodos ya que este coste afecta de igual forma a todas las horas del día.</div>
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<br /></div>
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En el caso de tarifas de alta tensión (3.1A, 6.1A, 6.1B y 6.2) el cálculo sería el mismo. Únicamente habría que tener en cuenta que el incremento a añadir en cada periodo sería el correspondiente a alta tensión que, en este caso sería: 0,00223 €/kWh.</div>
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<br /></div>
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Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-83967131725672011572014-05-23T17:25:00.000+02:002014-05-23T17:25:53.740+02:00Certificación de la eficiencia energética de los edificios en la Comunidad Autónoma de Castilla-La ManchaSe ha publicado el <b>Decreto 29/2014, de 08/05/2014</b>, por el que se regulan las actuaciones en materia de <b>certificación de la eficiencia energética de los edificios en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha</b> y se crea el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha.<br />
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Enlace a documento: <b><a href="http://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2014/05/13/pdf/2014_6245.pdf&tipo=rutaDocm" target="_blank">Decreto 29/2014, de 08/05/2014</a></b>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-90546705752139539812014-03-27T16:59:00.000+01:002014-03-27T16:59:55.958+01:00Herramienta unificada LIDER-CALENER<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;">La "Herramienta unificada LIDER-CALENER" para la verificación del cumplimiento del nuevo DB HE 2013, en la Web oficial del CTE está ya disponible</span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;"><br /></span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;"><a href="http://www.codigotecnico.org/web/recursos/aplicaciones/contenido/texto_0004.html">http://www.codigotecnico.org/web/recursos/aplicaciones/contenido/texto_0004.html</a></span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;"><br /></span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;"><br /></span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;">Esta herramienta incluye la unificación en una sola plataforma de los programas generales oficiales empleados hasta la fecha para la evaluación de la demanda energética y del consumo energético (LIDER-CALENER), así como la adaptación de estas aplicaciones a los cambios introducidos por el DB-HE del año 2013.</span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;"><br /></span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;"><br /></span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;">Esta herramienta informática permite la verificación de las exigencias 2.2.1 de la sección HE0, 2.2.1.1 y punto 2 del apartado 2.2.2.1 de la sección HE1 del Documento Básico de Ahorro de Energía DB-HE.</span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;"><br /></span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;">La exigencia establecida para edificios de nueva construcción de uso distinto al residencial privado en el apartado 2.2.2 de la sección HE0 debe verificarse, tal como establece el DB-HE, según el procedimiento básico para la certificación energética de edificios . Otras exigencias de las secciones HE0 y HE1 que resulten de aplicación deben verificarse por otros medios.</span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;"><br /></span></div>
<div align="justify" style="background-color: white; text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;">Temporalmente y hasta que se adapten los documentos reconocidos de la certificación energética, los resultados que se obtengan con esta aplicación no se pueden emplear para llevar a cabo la certificación energética de edificios.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-62918815767172265602014-03-17T11:29:00.001+01:002014-03-17T11:32:23.684+01:00Ocho mitos sobre el certificado energéticoBuen articulo publicado en el diario El Mundo<br />
<br />
<br />
<dt style="background-color: white; border: 0px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; font-weight: bold; line-height: 22.399999618530273px; margin: 11.5px 0px 0px; outline: 0px; padding: 0px 0px 0px 30px; vertical-align: baseline;">Es una tasa o impuesto.</dt>
<dd style="background-color: white; border-bottom-color: rgb(179, 179, 179); border-bottom-style: dotted; border-width: 0px 0px 1px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; line-height: 22.399999618530273px; margin: 0px 0px 11.5px; outline: 0px; padding: 5px 0px 11.5px 30px; vertical-align: baseline;">En realidad este documento nace de la exigencia de una directiva europea y, por tanto, su transposición era obligada en España y en el resto de Estados miembros. "Eso sí, ha llegado tarde y bajo una coyuntura socioeconómica compleja", dice José Luis López, coordinador de Proyectos de la Asociación de Ciencias Ambientales (ACA). Para José Antonio Galdón, presidente del Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial (COGITI), "la información que sobre el certificado energético se tiene es prácticamente nula, y lo único que percibe el ciudadano es que es una obligación o un impuesto más, pero en ningún caso es consciente de las ventajas que le aporta y los fines <br />
<a name='more'></a>que persigue, y en este caso son las comunidades autónomas y los profesionales del sector los que debemos asumir esa responsabilidad".</dd>
<dt style="background-color: white; border: 0px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; font-weight: bold; line-height: 22.399999618530273px; margin: 11.5px 0px 0px; outline: 0px; padding: 0px 0px 0px 30px; vertical-align: baseline;">Significa empezar a ahorrar energía.</dt>
<dd style="background-color: white; border-bottom-color: rgb(179, 179, 179); border-bottom-style: dotted; border-width: 0px 0px 1px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; line-height: 22.399999618530273px; margin: 0px 0px 11.5px; outline: 0px; padding: 5px 0px 11.5px 30px; vertical-align: baseline;">Esta afirmación se debe matizar, pues, según López, "sólo implementando medidas de mejora como las que pueda incluir el certificado de eficiencia energética o cambiando hábitos de consumo es posible lograr ahorros energéticos". Tener el certificado de eficiencia energética permite cumplir con la obligación derivada del RD 235/2013 y aporta una información muy valiosa, pero el mero hecho de tenerlo no implica ser más eficiente o ahorrar energía (y dinero).</dd>
<dt style="background-color: white; border: 0px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; font-weight: bold; line-height: 22.399999618530273px; margin: 11.5px 0px 0px; outline: 0px; padding: 0px 0px 0px 30px; vertical-align: baseline;">Permite revalorizar el inmueble.</dt>
<dd style="background-color: white; border-bottom-color: rgb(179, 179, 179); border-bottom-style: dotted; border-width: 0px 0px 1px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; line-height: 22.399999618530273px; margin: 0px 0px 11.5px; outline: 0px; padding: 5px 0px 11.5px 30px; vertical-align: baseline;">"Disponer del certificado no supone revalorización alguna, sino que se trata de algo obligatorio en los casos previstos", considera Galdón. "Otra cuestión bien diferente", subraya, "es que en función del nivel de eficiencia energética que se obtenga a través del certificado, es decir, entre el A (más eficiente) y el G (menos eficiente), debería haber una diferencia importante de precio, y ello depende de la correcta información que reciba el ciudadano". Pese a que todavía no existe una cuantificación real sobre esta revalorización, Xavier Villar, técnico fundador de Certer, confía que "sí se dará una vez que el consumidor comprenda el contenido del certificado y cómo este puede influir en un consumo mayor o menor". No obstante, en junio de 2013 Reino Unido publicó un estudio realizado sobre más de 300.000 viviendas sometidas a compraventa entre los años 1995 y 2011, que demuestra que existen diferencias de valor superiores al 14% entre las casas con calificación energética G y aquellas que merecen una A o B.</dd>
<dt style="background-color: white; border: 0px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; font-weight: bold; line-height: 22.399999618530273px; margin: 11.5px 0px 0px; outline: 0px; padding: 0px 0px 0px 30px; vertical-align: baseline;">Su resultado implica mejorar el edificio o vivienda.</dt>
<dd style="background-color: white; border-bottom-color: rgb(179, 179, 179); border-bottom-style: dotted; border-width: 0px 0px 1px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; line-height: 22.399999618530273px; margin: 0px 0px 11.5px; outline: 0px; padding: 5px 0px 11.5px 30px; vertical-align: baseline;">Facilita información que permite al inquilino o propietario del inmueble conocer el estado energético de su inmueble, pero no existe la obligación de llevar a cabo las medidas de mejora propuestas.</dd>
<dt style="background-color: white; border: 0px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; font-weight: bold; line-height: 22.399999618530273px; margin: 11.5px 0px 0px; outline: 0px; padding: 0px 0px 0px 30px; vertical-align: baseline;">El responsable del contenido del certificado de eficiencia energética es el propietario.</dt>
<dd style="background-color: white; border-bottom-color: rgb(179, 179, 179); border-bottom-style: dotted; border-width: 0px 0px 1px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; line-height: 22.399999618530273px; margin: 0px 0px 11.5px; outline: 0px; padding: 5px 0px 11.5px 30px; vertical-align: baseline;">Si bien es cierto que el propietario es el encargado de tener este documento, el único responsable de su veracidad es el técnico competente que acredita su calificación. Con carácter general, la titulación habilitante es la de ingeniero, ingeniero técnico, arquitecto y arquitecto técnico. "En esta normativa no hay más exigencias para los profesionales que la propia titulación académica, y esto hace que se genere una competencia desleal por parte de muchos profesionales que sin cumplir las obligaciones fiscales ni laborales, y sin tan siquiera tener un seguro de responsabilidad civil, están ofreciendo estos certificados a precios irrisorios", se queja el presidente del COGITI</dd>
<dt style="background-color: white; border: 0px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; font-weight: bold; line-height: 22.399999618530273px; margin: 11.5px 0px 0px; outline: 0px; padding: 0px 0px 0px 30px; vertical-align: baseline;">Las viviendas con una superficie inferior a 50 metros cuadrados no lo necesitan.</dt>
<dd style="background-color: white; border-bottom-color: rgb(179, 179, 179); border-bottom-style: dotted; border-width: 0px 0px 1px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; line-height: 22.399999618530273px; margin: 0px 0px 11.5px; outline: 0px; padding: 5px 0px 11.5px 30px; vertical-align: baseline;">Uno de los mitos más extendidos es creer que las viviendas con superficie útil total inferior a 50 m² no precisan certificado, pero el IDAE aclara que solamente quedan excluidos de la obligación aquellos edificios aislados físicamente. En consecuencia, "las viviendas, apartamentos y locales de menos de 50 m² que formen parte de un edificio sí tienen la obligación de obtener el certificado de eficiencia energética", explica Juan Ramos, de Certifacil.</dd>
<dt style="background-color: white; border: 0px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; font-weight: bold; line-height: 22.399999618530273px; margin: 11.5px 0px 0px; outline: 0px; padding: 0px 0px 0px 30px; vertical-align: baseline;">Sólo es necesario para formalizar la compraventa o alquiler del inmueble.</dt>
<dd style="background-color: white; border-bottom-color: rgb(179, 179, 179); border-bottom-style: dotted; border-width: 0px 0px 1px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; line-height: 22.399999618530273px; margin: 0px 0px 11.5px; outline: 0px; padding: 5px 0px 11.5px 30px; vertical-align: baseline;">"Hay propietarios que piensan que sólo necesitan su etiqueta una vez vayan a firmar el contrato", afirma Inés García, de la empresa Certicalia. Sin embargo, es imprescindible mostrar este distintivo al potencial comprador o inquilino antes de la formalización del contrato, "para que tenga en cuenta la calificación de la vivienda en su decisión".</dd>
<dt style="background-color: white; border: 0px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; font-weight: bold; line-height: 22.399999618530273px; margin: 11.5px 0px 0px; outline: 0px; padding: 0px 0px 0px 30px; vertical-align: baseline;">Un certificado único para todo el edificio no es válido para todas las viviendas y/o locales que lo integran.</dt>
<dd style="background-color: white; border: 0px; box-sizing: border-box; color: #555555; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 16px; line-height: 22.399999618530273px; margin: 0px 0px 11.5px; outline: 0px; padding: 5px 0px 11.5px 30px; vertical-align: baseline;">La nueva Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas establece que, a partir de 2019, los edificios de viviendas deberán, en función de su antigüedad, contar con un Informe de Evaluación del Edificio, un documento que incluye, entre otros criterios, el certificado de eficiencia energética del edificio. Éste es válido para todas las viviendas y locales que integran el inmueble. "Por tanto, todos los edificios plurifamiliares se enfrentarán a este nuevo diagnóstico del edificio de forma obligatoria, por lo que se deberá contar con el certificado colectivo", aclara José Luis López, de la ACA. Y concreta aún más: "También deberá disponer de este documento cualquier edificio que pretenda solicitar ayudas del nuevo Plan Estatal de Alquiler y Rehabilitación 2013-2016, por lo que éste es otro motivo a favor del certificado colectivo, que se suma al mejor precio por copropietario". "Por todo ello", concluye, "parecería más razonable apostar por certificados únicos para todo el edificio en lugar de hacerlo por certificados individuales". Ahora bien, optar por el certificado colectivo requiere el acuerdo de la junta de propietarios, "que no siempre se logrará, ya que quizás muchos vecinos no quieran asumir un gasto que ahora no consideran necesario o que carece de utilidad para ellos", cree López. También puede ocurrir que aquellos propietarios que hubieran realizado obras de mejora de la eficiencia energética en sus viviendas particulares se nieguen a la opción colectiva al considerar que obtendrán una calificación menos ventajosa que haciéndolo de forma individual.</dd>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-80162919863986478422014-01-20T16:52:00.001+01:002014-01-20T16:55:27.084+01:00Tarifas aplicables por la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, en certificación y auditoría energética.<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="color: #222222; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Informar que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publicó la Resolución de 7 de noviembre de 2013, de la Subsecretaría, por la que se aprueban las tarifas aplicables por la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio</span></div>
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="color: #222222; font-size: small;"><span style="font-weight: normal;"><a name='more'></a></span></span><span style="color: #222222; font-size: small;"><div style="text-align: justify;">
, en los trabajos relativos a la certificación y auditoria energética de bienes inmuebles.</div>
</span><span style="color: #222222; font-size: small;"><div style="text-align: justify;">
</div>
</span><span style="color: #222222; font-size: small;"><div style="text-align: justify;">
El interés de este comunicado, en nuestro caso, es poder contar con unas tarifas de referencia.</div>
</span><span style="color: #222222; font-size: small;"><div style="text-align: justify;">
</div>
</span><span style="color: #222222; font-size: small;"><div style="text-align: justify;">
Las tarifas que cobrará la SEGIPSA serán:</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
</span><div style="margin-left: 1em; margin-right: 1em; text-align: justify;">
<a href="http://4.bp.blogspot.com/-xPxh_FQ6z8I/Ut1FfCidOlI/AAAAAAAASbM/Mue7FCmh9yo/s1600/image003.gif" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="http://4.bp.blogspot.com/-xPxh_FQ6z8I/Ut1FfCidOlI/AAAAAAAASbM/Mue7FCmh9yo/s1600/image003.gif" height="301" width="400" /></a></div>
</span><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><div style="text-align: justify;">
<a href="http://3.bp.blogspot.com/-Szr4ZsiIRC8/Ut1Fm8GkDwI/AAAAAAAASbU/MW4hpLwJVho/s1600/image004.gif" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="http://3.bp.blogspot.com/-Szr4ZsiIRC8/Ut1Fm8GkDwI/AAAAAAAASbU/MW4hpLwJVho/s1600/image004.gif" height="215" width="400" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
Se especifica la documentación que deberá aportar la propiedad y, además de ciertos requisitos para acceder a descuentos, incrementa en 20€ la tarifa en caso de incluir la gestión de registro.</div>
</span><br />
<br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><div style="text-align: justify;">
El enlace para su descarga por si es de vuestro interés:</div>
<div style="text-align: justify; text-indent: 35.4pt;">
<a href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12119" style="text-indent: 35.4pt;" target="_blank"></a><a href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12119" style="text-indent: 35.4pt;" target="_blank">http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12119</a></div>
</span><br />
<br />
<div>
<span style="color: #0000ee; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-weight: normal;"><u><br /></u></span>
<span style="color: #0000ee; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-weight: normal;"><u><br /></u></span></div>
Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-91853395642818037392013-12-03T12:01:00.000+01:002013-12-03T12:01:20.805+01:00RD Clasificación de productos y elementos de construcción por su reacción y resistencia al fuego<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">En el BOE del 25 de noviembre de 2013 aparece publicado el Real Decreto 842/2013, de 31 de octubre, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<a href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12323"><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12323</span></a>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-7261889738141157222013-11-12T13:00:00.000+01:002013-11-12T12:13:31.165+01:00Falsos mitos sobre ahorrar energía en casa<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: "Arial","sans-serif";">Falsos mitos
sobre ahorrar energía en casa<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: "Arial","sans-serif";"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Un
estudio de principios de año realizado entre el IDAE y Eurostat refleja que los
hogares españoles consumen el 17% de toda la energía final y el 25% de la
electricidad, con un gasto medio anual por hogar que alcanza los 990 euros.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Así
que vamos a derribar algunos falsos mitos para ahorrar un poco de energía en
casa.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">El modo espera de los aparatos eléctricos apenas
consume energía.<o:p></o:p></span></b></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></b></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Esta
es una primera idea que hay que desterrar, el standby representa cerca del 5%
del consumo de nuestros hogares y olvidarnos de su uso puede suponernos un
ahorro de hasta 100 euros al año.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Dejar
los aparatos eléctricos apagados en modo espera supone un gasto de 231 kWh al
año, prácticamente lo mismo que el consumo medio anual del lavavajillas (246
kWh) y mucho más que el del ordenador (172 kWh).<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Fregar los platos a mano consume menos que el
lavavajillas<o:p></o:p></span></b></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></b></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Son
30 litros de agua diarios los que se ahorran, de promedio, con el lavavajillas.
</span><br />
<a name='more'></a><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Asimismo, consumen un 10% menos de energía y además, los platos quedan más
limpios.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">En
concreto, el lavado a mano puede suponer unos 119 litros de agua frente a los
15 litros por lavado de un lavavajillas eficiente para la misma cantidad de
vajilla. Así que ahórrate esfuerzos innecesarios.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Adquiera
electrodomésticos de clase A o superior, especialmente en el caso del
frigorífico, que gasta mucho al permanecer conectado las 24 horas. Un ejemplo:
un frigorífico clase A+++ consume en torno a un 70% menos que un modelo de
clase media. <o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Es mejor mantener una temperatura ambiente que apagar
la calefacción<o:p></o:p></span></b></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></b></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Es
recomendable ajustar el encendido de la calefacción al horario real de
ocupación de la vivienda y apagarla por la noche. Si bien volver a encender la
calefacción supone un pico de gasto, a la larga, el ahorro se nota. Aumentar la
temperatura del termostato tan solo un grado supone un 7% más de gasto de energía.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Es
recomendable Instalar termostatos
digitales programables. Así podrá programar temperaturas diferentes según
horarios y días, utilizando la energía solo donde y cuando se necesita. Por
ejemplo, regulando desconexiones durante la noche o si tiene pensado estar
fuera el fin de semana. Además, evitará los consumos por olvidos al apagar
manualmente la calefacción.<o:p></o:p></span><br />
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Por su pequeña superficie, la pérdida
de calor por las ventanas apenas se nota en la factura<o:p></o:p></span></b><br />
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></b></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Entre
el 25 y el 30% de la energía en calefacción gastada en los hogares sirve para
cubrir esas pérdidas de calor por las rendijas de las ventanas. Los sistemas de
doble cristal o de doble ventana pueden reducir hasta en un 50% la pérdida de
calor con respecto a los cristales sencillos..<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Mantener los fluorescentes encendidos
gasta menos electricidad que si se encienden y apagan cada vez<o:p></o:p></span></b></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></b></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Hay
muchas formas de ahorrar en iluminación: bombillas de bajo consumo, apagar los
fluorescentes cuando no los necesitemos… eso sí, si se encienden y se apagan
constantemente su vida puede acortarse. No es así para las lámparas de Led, que
permiten los encendidos y apagados sin avería.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Sustituya
las bombillas incandescentes y halógenos por LED. Ahorrará entre el 80 y el 90%
del consumo eléctrico en iluminación. Además, la vida útil de los LED es muy
superior (30 veces más que las primeras y 15 veces más que las segundas), el
encendido es inmediato y suelen estar garantizados.<o:p></o:p></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;"><br /></span></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<b><span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Las cocinas eléctricas gastan menos
energía que las de gas<o:p></o:p></span></b></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="MsoNormal" style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; line-height: 115%;">Las
vitrocerámicas gastan cuatro veces más que las cocinas de gas. IDAE recomienda,
en caso de disponer de una cocina eléctrica, utilizar baterías de cocina,
sartenes y cazos con fondo grueso difusor, así se logra una temperatura más
homogénea en todo el recipiente.<span style="font-size: xx-small;"><o:p></o:p></span></span></div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-10509162560542754472013-10-24T16:45:00.000+02:002013-10-24T16:47:34.477+02:00La importancia de la orientación de una vivienda<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Una orientación apropiada puede llegar conseguir que reduzcamos el consumo de energía hasta un 70% en nuestro hogar y si tenemos en cuenta que el coste de la calefacción supone el 40% del total del consumo energético de una vivienda y que el aire acondicionado supone el 4%, este es un dato indiscutible por lo que </span><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">se antoja que la orientación de una vivienda es muy importante</span><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">, pero si una orientación es mejor o peor es más discutible, depende a quien preguntes, la situación geográfica o los intereses y gustos de cada uno,</span><br />
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"> <div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="http://1.bp.blogspot.com/-Iqf6x0aaxrM/UmkweTZkl2I/AAAAAAAASJg/yDVdse65EB0/s1600/orientacion.JPG" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="http://1.bp.blogspot.com/-Iqf6x0aaxrM/UmkweTZkl2I/AAAAAAAASJg/yDVdse65EB0/s1600/orientacion.JPG" height="152" width="320" /></a></div>
por lo que voy a intentar enfocarlo de distintas formas, en términos de </span><u>confort</u><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">, <u>económicos </u>y <u>prácticos</u>.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Antes de nada aclarar que planteamos una orientación para una vivienda situada en España.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><b>Confort:</b></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><b><br /></b></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Norte:</u> Poco Sol, vientos invernales fríos, luz uniforme, </span><br />
<a name='more'></a><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">se necesitan grandes ventanas para conseguir una buena iluminación difusa.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Este:</u> Sol por la mañana, calentamiento agradable en verano y frío en invierno.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Sur:</u> Mucho sol, sol alto a mediodía, sol profundo en invierno, se suelen necesitar elementos de sombreado.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Oeste:</u> Sol por la tarde, demasiado calor y luz en verano.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><b>Prácticos:</b></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><b><br /></b></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Norte:</u> Ideal para situar el garaje, cuartos fríos como puede ser una despensa o sala de calderas y caja de escalera.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Este:</u> Zona de cocina, despacho, entrada a la vivienda, aseo y dormitorio de poca entidad.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Sur:</u> Salón, comedor, piscina y porche o terraza.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Oeste:</u> Dormitorios, baños</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><b>Económicos:</b></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Este punto es especialmente importante para viviendas individuales en bloque ya que en muchas ocasiones puede tener una única orientación, al contrario que las viviendas unifamiliares en las que cobran también importancia los dos puntos anteriores.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Norte:</u> Mucha calefacción en invierno por lo que cobra mayor importancia tanto el aislamiento de las fachadas como la calidad y estanqueidad de las ventanas.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Este:</u> Esta es la orientación más económica de las cuatro ya que en invierno necesita menos calefacción que la orientación Norte y en teoría no sería necesaria la utilización del aire acondicionado, ya que al mediodía la vivienda deja de recibir sol.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Sur:</u> Esta orientación es la que menos calefacción necesita pero en verano requiere del uso del aire acondicionado. El gasto en aire acondicionado se puede reducir si colocamos elementos de que generen sombra en los huecos de la fachada.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Oeste:</u> Similar a la orientación sur necesitaremos el uso del aire acondicionado en verano y de la calefacción en invierno.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Obviamente no es lo mismo tener una casa en Sevilla que en La Coruña, aquí trato el tema de manera general, pero si es cierto que la orientación Norte, por ejemplo, es la más fría de las cuatro por lo que es probable que en Sevilla interese situar un dormitorio y en La Coruña una cocina.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Otro punto a tener en cuenta son las viviendas situadas en un bloque de viviendas, un primero al que el edificio de enfrente le hace sombra no tiene nada que ver con otra vivienda del mismo bloque en el último piso a la que le da el sol todo el día</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Conclusión:</u> No hay orientaciones buenas o malas, pero si depende de ellas el que puedas ahorrar más o menos, o tener una vivienda más confortable.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
</div>
<div style="text-align: right;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;">Fuentes: Idae, Arquinauta</span></div>
Unknownnoreply@blogger.com3tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-37411766159221598372013-09-16T12:18:00.000+02:002013-09-16T13:41:02.889+02:00Siento decir lo dije... pero lo dije.<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Como bien titulo esta entrada, ya avisé hace tiempo en el artículo que escribí </span><a href="http://www.amirnahas.com/2013/07/quiere-que-le-timen-con-su-certificado.html" style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="color: black;"><i>¿Quiere que le timen con su Certificado Energético?</i></span></a><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">, en el que hacía hincapié sobre algunos puntos a tener en cuenta antes de encargar un Certificado de Eficiencia Energética, en concreto estos:</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<ul>
<li style="text-align: justify;"><span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">Nadie puede garantizar la obtención de una calificación alta.</span></span></li>
<li style="text-align: justify;"><span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">Los certificados han de estar registrados.</span></span></li>
<li style="text-align: justify;"><span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">Además del certificado han de entregar al cliente la "etiqueta energética".</span></span></li>
<li style="text-align: justify;"><span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">El técnico siempre ha de visitar el inmueble.</span></span></li>
<li style="text-align: justify;"><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="color: #464545;"><span style="line-height: 19px;">E</span></span><span style="color: #464545; line-height: 19px;">l certificado debe ir firmado por un profesional acreditado, con seguro de responsabilidad civil.</span></span></li>
</ul>
<div style="text-align: justify;">
<span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"><br /></span></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">Pues bien, el 14 de septiembre el diario <a href="http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/09/13/actualidad/1379090592_775839.html" target="_blank">El País</a> se hace eco del caos que</span></span><br />
<a name='more'></a><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"> hay alrededor del certificado energético, en el que habla sobre la picaresca ya extendida a pesar de que la implantación aún es mínima.</span></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"><br /></span></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">Destaco del artículo los siguientes puntos:</span></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"><br /></span></span></div>
<div style="text-align: center;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><i><b>"Se trata de una imposición de la Unión Europea para intentar que las
casas consuman cada vez menos electricidad y así reducir las emisiones
de CO2. Llega con años de retraso y después de una amenaza de multa
millonaria"</b></i></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"><b><br /></b></span></span></div>
<div style="text-align: center;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><i><b>“El certificado no es solo una letra, también son los consejos que incluye el técnico para conseguir un ahorro energético”</b></i></span></div>
<div style="text-align: center;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><i><b><br /></b></i></span></div>
<div style="text-align: center;">
<i><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><b>“Es bastante complicado que en España se llegue a una A o a una B, por la forma en la que se ha construido”</b></span></i></div>
<div style="text-align: center;">
<i><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><b><br /></b></span></i></div>
<div style="text-align: center;">
<i><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><b>"La Comunidad de Madrid confirma que tienen varios expedientes abiertos
porque los datos que recogía el certificado no se correspondían con la
realidad"</b></span></i></div>
<div style="text-align: center;">
<i><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><b><br /></b></span></i></div>
<div style="text-align: center;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><i><b>“Hemos tramitado algunas denuncias de consumidores a los que han dado un producto que no es el correcto”</b></i></span></div>
<div style="text-align: center;">
<i><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></i></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="http://2.bp.blogspot.com/-EunMZ47kTyo/UjbZ2F3g3cI/AAAAAAAAAbg/Em3Z8jn4WHI/s1600/IEE_energy+label.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="http://2.bp.blogspot.com/-EunMZ47kTyo/UjbZ2F3g3cI/AAAAAAAAAbg/Em3Z8jn4WHI/s1600/IEE_energy+label.jpg" height="227" width="320" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Insisto en que nadie da duros a cuatro pesetas y que en esta vida lo barato a veces sale caro, para los técnicos como yo solo pedir el cumplimiento de la normativa, profesionalidad y dignidad a la hora de presupuestar. Para el consumidor lo que ya he repetido más veces, sea desconfiado y ganará, siempre busque asesoramiento de un profesional y lo acabará agradeciendo, los Arquitectos Técnicos somos unos profesionales solucionadores que le ahorraremos muchos problemas.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<i><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></i></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Como no me quiero alargar más invito a leer mí anterior <a href="http://www.amirnahas.com/2013/07/quiere-que-le-timen-con-su-certificado.html" target="_blank">artículo</a> y el publicado por <a href="http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/09/13/actualidad/1379090592_775839.html" target="_blank">El País.</a></span></div>
<div style="text-align: center;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: center;">
<br /></div>
<div style="text-align: center;">
<br /></div>
<div style="text-align: center;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><i><br /></i></span></div>
<div style="text-align: center;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><i><br /></i></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"><br /></span></span></div>
<div style="text-align: center;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"><br /></span></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"><br /></span></span></div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-11394203956768019312013-09-13T12:34:00.002+02:002013-09-13T12:36:22.474+02:00Cambio radical en las instalaciones de los edificios buscando el consumo energético cero<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><u>Se actualiza el Documento Básico DB-HE "Ahorro de Energía"</u></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<a href="http://1.bp.blogspot.com/-aqLSouNqfeQ/UjLqedYGsiI/AAAAAAAAAbQ/GMjj7gQBMPk/s1600/DB-HE.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="http://1.bp.blogspot.com/-aqLSouNqfeQ/UjLqedYGsiI/AAAAAAAAAbQ/GMjj7gQBMPk/s1600/DB-HE.jpg" height="320" width="279" /></a><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Con casi dos años de retraso se reglamenta la Energía Solar Fotovoltaica para los Edificios cumpliendo con las Directivas Europeas en materia de Energías Renovables.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Establece entre sus requisitos básicos de la edificación, el que los edificios se proyecten de tal forma que no se deteriore el medio ambiente y de que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la utilización del edificio, mediante el ahorro de energía y el aislamiento térmico.</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: xx-small;">Link de descarga:</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<a href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-9511#analisis" target="_blank"><span style="color: blue; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: x-small;">Documento Básico DB-HE "Ahorro de Energía"</span></a></div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-30556049464614383452013-09-11T16:59:00.001+02:002013-09-11T17:04:25.547+02:00Real Decreto 238/2013 (instalaciones eléctricas modificación del RITE)<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Adjunto por si es de vuestro interés el enlace del:</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<a href="http://1.bp.blogspot.com/-87v2j_CjWC8/UjCEvTIE6uI/AAAAAAAAAbA/6k7TXjCwxuE/s1600/logo-boe.gif" imageanchor="1" style="background-color: white; clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em; text-align: justify;"><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><img border="0" src="http://1.bp.blogspot.com/-87v2j_CjWC8/UjCEvTIE6uI/AAAAAAAAAbA/6k7TXjCwxuE/s1600/logo-boe.gif" height="171" width="200" /></span></a><br />
<div style="text-align: justify;">
<a href="http://www.boe.es/boe/dias/2013/04/13/pdfs/BOE-A-2013-3905.pdf"><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.</span></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Corrección de errores:</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<a href="http://xn--correccin%20de%20errores%20del%20real%20decreto%20238-xcf/2013,%20de%205%20de%20abril,%20por%20el%20que%20se%20modifican%20determinados%20art%C3%ADculos%20e%20instrucciones%20t%C3%A9cnicas%20del%20Reglamento%20de%20Instalaciones%20T%C3%A9rmicas%20en%20los%20Edificios,%20aprobado%20por%20Real%20Decreto%201027/2007,%20de%2020%20de%20julio"><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Corrección de errores del Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio</span></a></div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-45703046872449202622013-07-29T09:00:00.000+02:002013-07-29T11:44:03.497+02:00¿Quiere que le timen con su Certificado Energético?<div style="background-color: white; border: 0px; color: #464545; line-height: 19px; outline: 0px; padding: 0px 0px 10px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Hace poco vi una oferta en una de las webs de compra en grupo, certificados energéticos a 89€, ya que yo me dedico entre otras cosas a realizar certificados y a un precio superior al que ofertaban no pasó desapercibido el anuncio, por lo que llame a la empresa haciendo ver que estaba interesado en </span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="http://3.bp.blogspot.com/-lSVrPygCC_w/UfKcqncdOZI/AAAAAAAAAaU/r9FEm2ZdhGA/s1600/fraude_diploma1.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em; text-align: justify;"><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><img border="0" src="http://3.bp.blogspot.com/-lSVrPygCC_w/UfKcqncdOZI/AAAAAAAAAaU/r9FEm2ZdhGA/s1600/fraude_diploma1.jpg" /></span></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="color: #444444; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"> publicitarme con ellos. Cuál fue mi sorpresa al hablar con el comercial y explicarme el a mi como tenía que ofertar el producto, el precio que ha de tener y la comisión que se llevan. De todas estas cosas lo más curioso es el precio, tiene que ser 89€, ni un euro más ni un </span></div>
<a name='more'></a><span style="color: #444444; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"></span><br />
<div style="text-align: justify;">
<span style="color: #444444; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">euro menos, un poco justo el precio no?. Pues ahí no quedan las cosas, la comisión del intermediario es del 50%!!! Esto ya es demasiado, por lo que creo que se debería denunciar a fomento, ya que es imposible que no haya fraude en la realización de estos certificados. </span></div>
<span style="color: #444444; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">
</span><br />
<div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><br /></span></div>
<br />
<div style="background-color: white; border: 0px; color: #464545; line-height: 19px; outline: 0px; padding: 0px 0px 10px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Sí echamos unos cálculos rápidos vemos que descontando la comisión del 50%, el IVA y el IRPF (sin tener en cuenta lo que se deduzca cada uno) nos quedamos con la friolera cantidad de <b>29,05€</b>, de aquí hay que descontar los gastos de desplazamiento, seguro de responsabilidad civil, toma de datos, volcado de datos al software y los costes indirectos que tenga cada uno. </span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; color: #464545; line-height: 19px; outline: 0px; padding: 0px 0px 10px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><b>¿Esto qué es?</b> </span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; color: #464545; line-height: 19px; outline: 0px; padding: 0px 0px 10px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">Pues simple y llanamente un ¡¡Timo!!, alguien metido en este berenjenal puede decir que es para captar clientes y que trabajan con pérdidas... ¡¡Mentira!!, todo el negocio que quieran obtener después de expedir el certificado es engañar al cliente. Si se lee la letra pequeña una de las cosas que indica es que no se incluye el registro del certificado, interesante, ¿quién lo tiene que hacer?, ¿el cliente?, ¿se le va a explicar al cliente que es necesario registrarlo?. Me da a mí que cuando empiecen las sanciones más de uno se va a llevar un disgusto, <b>el certificado sin registrar es papel mojado.</b></span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; color: #464545; line-height: 19px; outline: 0px; padding: 0px 0px 10px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<b><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;">El cliente ha de saber varias cosas:</span></b></div>
<ul>
<li style="text-align: justify;"><span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">Nadie puede garantizar la obtención de una calificación alta.</span></span></li>
<li style="text-align: justify;"><span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">Los certificados han de estar registrados.</span></span></li>
<li style="text-align: justify;"><span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">Además del certificado han de entregar al cliente la "etiqueta energética".</span></span></li>
<li style="text-align: justify;"><span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">El técnico siempre ha de visitar el inmueble.</span></span></li>
<li style="text-align: justify;"><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="color: #464545;"><span style="line-height: 19px;">E</span></span><span style="color: #464545; line-height: 19px;">l certificado debe ir firmado por un profesional acreditado, con seguro de responsabilidad civil.</span></span></li>
</ul>
<div style="text-align: justify;">
<span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;">Para los clientes a los que no les han entregado la "etiqueta" con el certificado es basicamnete esto:</span></span></div>
<div>
<span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"><br /></span></span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="http://2.bp.blogspot.com/-cJm62flPu0k/UfKbAdBH6rI/AAAAAAAAAaA/jNggwX6Bsz0/s1600/etiqueta.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><span style="font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><img border="0" src="http://2.bp.blogspot.com/-cJm62flPu0k/UfKbAdBH6rI/AAAAAAAAAaA/jNggwX6Bsz0/s1600/etiqueta.jpg" height="400" width="277" /></span></a></div>
<div>
<span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"><br /></span></span>
<span style="color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif;"><span style="line-height: 19px;"><b>****ACLARACIÓN*** </b> Cuando digo que es un timo me estoy refiriendo al técnico/s que los realizan, no a la empresa intermediaria que es libre de cobrar las comisiones que estimen oportunas e imponer el precio que les de la gana.</span></span></div>
<br />
<div style="background-color: white; border: 0px; color: #464545; font-family: Arial, Helvetica, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 19px; outline: 0px; padding: 0px 0px 10px; vertical-align: baseline;">
<br /></div>
</div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-45123454043372043772013-07-28T09:00:00.000+02:002013-07-28T09:00:03.094+02:00¿Y si en realidad el precio de la vivienda apenas ha caído?<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif;"><span style="font-size: 14px; line-height: 21px;">Interesante articulo publicado en el <a href="http://www.elconfidencial.com/vivienda/2013-07-17/20-30-y-si-en-realidad-el-precio-de-la-vivienda-apenas-ha-caido_10263/" target="_blank">Confidencial.com</a></span></span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">Las viviendas son ahora entre un 20% y un 30% más baratas que hace un lustro. De eso no hay duda. Un piso que en el pico de la burbuja inmobiliaria costaba 300.000 euros, ahora se encuentra en el mercado en torno a 220.000, e incluso por debajo. Pero ¿y si esta caída fuera sólo un espejismo o un efecto óptico? Es decir, ¿y si comprar una vivienda supusiera ahora el mismo esfuerzo económico -si no más- que hace cinco, seis o siete años? </span></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="http://1.bp.blogspot.com/-QiWRmbp5kRo/UfKRtMp0xRI/AAAAAAAAAZo/xZSXAJ5nqYI/s1600/preciourbanizacion.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="http://1.bp.blogspot.com/-QiWRmbp5kRo/UfKRtMp0xRI/AAAAAAAAAZo/xZSXAJ5nqYI/s1600/preciourbanizacion.jpg" height="212" width="320" /></a></div>
<br />
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">El fin de las desgravaciones fiscales por compra de vivienda, la subida del IVA, la caída de la renta de los hogares españoles o el encarecimiento de las hipotecas han contrarrestado e incluso anulado la caída de precios registrada en los últimos años.</span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">La pérdida de las desgravaciones fiscales en el IRPF ha supuesto pasar de un esfuerzo financiero del 27% a un 33% sobre la renta del hogar. "Es decir, supone un incremento del 22% en el servicio de la deuda, y es como haber incrementado el precio de la vivienda del orden de un</span></div>
<a name='more'></a> 21% -si se considera que se financia mediante hipoteca el 80% el valor de la vivienda-", apunta el último informe de RR de Acuña y Asociados.<br />
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">Si a esto se suma el incremento del IVA, que ha pasado del 4% al 10%, tendríamos que la vivienda se ha encarecido un 27%. “Es decir, se ha amortiguado la bajada del precio de la vivienda, que ha sido del orden de un 27% entre 2007 y 2012, según el Ministerio de Fomento”, apunta la consultora. </span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<b style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">Pérdida de poder adquisitivo de las familias</b></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">Pero además, en los últimos siete años, todos los hogares españoles -con o sin hipoteca, estén alquilados o vivan gratuitamente donde sea- han asistido a una importante caída de sus rentas. Desde el año 2006, esta caída se sitúa en el 20%, lo que, unido a la pérdida de las exenciones fiscales, habría provocado un efecto subida sobre el precio de la vivienda del 35%, según RR de Acuña y Asociados. “Al comparar este porcentaje con el 27% de descenso del precio de la vivienda, nos encontramos con que la situación financiera del demandante frente a la adquisición de vivienda se encuentra en peor posición que en el punto más alto del mercado, antes de que cayera la demanda”, comenta Fernando Rodríguez de Acuña Martínez, gerente de la compañía. </span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">Para muestra, un botón. Las familias ganaron en el primer trimestre de este año menos que en cualquier otro durante la crisis. Su renta se encuentra en niveles de 2007, mientras que su principal componente, los salarios, han caído un 6% durante los tres primeros meses del año, según datos del INE. Una caída que se prolonga en el tiempo y que se ha agudizado con la crisis y la reforma laboral y que, indirectamente, también contribuye a amortiguar la caída de la vivienda. </span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">Fernando Rodríguez de Acuña Martínez nos ilustra con un par de ejemplos. El primero: "Supongamos que una vivienda tiene un precio X y que ese precio lo hubiese mantenido desde el 2006 hasta ahora. Para un potencial comprador, la vivienda se habría encarecido un 35% respecto al 2006, teniendo en cuenta todos los factores mencionados anteriormente. Como la vivienda ha ajustado precios desde 2006 -un 27%-, parte de ese impacto ha sido absorbido, pero no todo, por lo que a pesar de que la vivienda ha bajado sustancialmente desde 2006 -en realidad desde el pico en 2008-, a efectos de la población potencialmente demandante de vivienda, estamos en peor situación a la hora de comprarla que en 2006".</span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">El segundo: "Imaginemos que un individuo tiene un salario de 1.000 euros y necesitaba 600 euros al mes en 2006 para vivir, pagar la comida, luz, agua, colegios de los niños, gasolina, etc. Hoy en día, con ese mismo salario necesita 700 euros. Está claro que con la caída de la vivienda puede destinar menos dinero a pagar una mensualidad hipotecaria, pero si antes podía destinar 400 euros, ahora solamente 300. Capitalizado en una hipoteca, está claro que la vivienda que se puede permitir hoy en día este individuo es de mucho menor importe que antes, por lo que, a pesar de que esta es más barata que antes, no se la puede permitir, porque su renta, en términos relativos, ha disminuido mucho más rápido", apunta Fernando Rodríguez de Acuña Martínez. </span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;"><b>Fuerte encarecimiento de las hipotecas</b></span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">Además del fin de las exenciones fiscales, la subida del IVA y la caída de las rentas de los hogares, ha habido otros factores que también han amortiguado y anulado la caída de la vivienda. Posiblemente, el más importante es el encarecimiento de la financiación, o lo que es lo mismo, que las hipotecas que ofrecen los mercados hoy en día son mucho más caras.</span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">El tipo de interés que las entidades han estado aplicando a las hipotecas sobre vivienda se ha situado en torno al 4,5% en los meses de marzo y abril de 2013. Con un Euribor por encima del 0,5%, el diferencial se sitúa en unos 4 puntos porcentuales. Es decir, estaríamos hablando de hipotecas que, de media, estarían aplicando un Euribor + 4%. Hace un año, con este índice en torno al 1,36% y el interés medio de las hipotecas ligeramente por debajo del 4,4%, el margen se situaba en 3 puntos porcentuales. Es decir, en un año, los diferenciales han aumentado algo más del 30%, frente a una caída del Euribor aproximada del 60% provocando, de nuevo, un nuevo espejismo en torno a la caída del precio de la vivienda.</span></div>
<div style="background-color: white; border: 0px; margin-bottom: 1em; outline: 0px; padding: 0px; text-align: justify; vertical-align: baseline;">
<span style="font-family: Arial, sans-serif; font-size: 14px; line-height: 21px;">De hecho, este encarecimiento hipotecario ha sido tan intenso como para provocar que comprar una vivienda en 2011 o en 2012 costase lo mismo que un año antes. Es decir, quien decidió esperar a que los precios de la vivienda siguiesen cayendo ha visto cómo esa caída ha quedado totalmente anulada por la fuerte subida de los diferenciales. </span></div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-61559273672601004322013-05-28T22:53:00.000+02:002013-05-28T22:53:24.440+02:00Asi será la etiqueta de eficiencia energética de edificiosAsí será la etiqueta de eficiencia energética de edificios, se ajustará al contenido de la siguiente figura:<br />
<br />
<br />
<img alt="" src="http://www.idealista.com/news/archivos/etiqueta-energetica1.jpg" />Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-69700537683788714112013-05-23T16:44:00.000+02:002013-05-23T16:46:08.194+02:00Multas de hasta 6.000 euros a propietarios que no cumplan con el certificado energético<br />
<div style="text-align: justify;">
Aviso a navegantes, leído hoy en elmundo.es</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<a href="http://4.bp.blogspot.com/-iwx2soldxYw/UZ4q63cJQUI/AAAAAAAAAYw/qrNZx0ZzToA/s1600/certificado-eficiencia-energetica-edificios.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em; text-align: justify;"><img border="0" src="http://4.bp.blogspot.com/-iwx2soldxYw/UZ4q63cJQUI/AAAAAAAAAYw/qrNZx0ZzToA/s1600/certificado-eficiencia-energetica-edificios.jpg" height="214" width="320" /></a>A menos de un mes vista de la entrada en vigor del certificado energético obligatorio para viviendas que se quieran comercializar (1 de junio de 2013), el PP ha enumerado el tipo de infracciones al respecto y sus correspondientes sanciones. Desde leves a muy graves, desde 300 a 6.000 euros -cantidad máxima que incluso puede incrementarse-. Una falta leve, por ejemplo, será intentar vender o alquilar un piso sin hacer mención a su calificación.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
El PP ha incorporado a través</div>
<a name='more'></a><div style="text-align: justify;">
de sendas enmiendas al proyecto de ley de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas el listado de infracciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios y el régimen sancionador.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
De este modo, se considerarán infracciones muy graves falsear la información en la expedición o registro de los certificados, actuar como técnico certificador o agente independiente autorizado para el control de la certificación sin contar la habilitación pertinente, y publicitar en la venta o alquiler de edificios o parte de edificios una certificación que no esté respaldada por un certificado en vigor debidamente registrado.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Las infracciones graves serán incumplir la metodología de cálculo del procedimiento básico para la certificación, no presentar el certificado ante la comunidad autónoma para su registro, no incorporar el certificado de eficiencia energética de proyecto en el proyecto de ejecución del inmueble, exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado real, y vender o alquiler un inmueble sin que el vendedor o el arrendador entreguen el certificado en vigor al comprador o arrendatario.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Finamente, constituirán infracciones leves publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios que deban disponer de certificado sin hacer mención a su calificación, no exhibir la etiqueta de eficiencia cuando es obligatorio o exhibir una sin el formato y contenido mínimos, expedir certificados sin la información mínima, incumplir las obligaciones de renovación o actualización de los certificados, no incorporar el certificado en el Libro del Edificio y publicitar la calificación del proyecto cuando ya existe la del edificio terminado.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Además, será infracción grave la reincidencia, cometer una infracción leve si el año anterior se hubiera impuesto al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción, y será muy grave si durante los tres años anteriores se hubiera impuesto una sanción firme por la misma actuación. Las comunidades autónomas tendrán las competencias en esta materia, que afectará a las personas físicas o jurídicas, o a las comunidades de bienes que las cometan "aun a título de simple inobservancia".</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Con respecto a las sanciones, será de 300 a 600 euros por las infracciones leves, de 601 a 1.000 euros por las graves, y de 1.001 a 6.000 euros las muy graves. No obstante, si el beneficio que el infractor hubiera obtenido por la infracción fuera superior al importe de la sanción se impondrá por un importe "equivalente" al de dicho beneficio, teniéndose en cuenta en la graduación el daño producido, el enriquecimiento obtenido injustamente y la concurrencia de intencionalidad o reiteración.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Además, en este sentido, las enmiendas 'populares' proponen la creación de un registro integrado en el que se recopilen las copias de todos los informes, que los propietarios de los inmuebles deberán remitir obligatoriamente al organismo que determine cada comunidad autónoma, así como también los informes que acrediten la realización de las obras que sean necesarias en cada caso.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
El PP alega que "es preciso que exista un mecanismo que permita aglutinar la información" de los Informe de Evaluación de los Edificios (IEE), registro que deberá pasar por las comunidades autónomas, que son los que tienen las competencias en urbanismo y vivienda. Toda la información deberá estar coordinada para ser transmitida a la Administración General del Estado.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-53705845325401550502013-04-17T12:01:00.001+02:002013-04-18T12:06:15.108+02:00Entrevista en Onda Cero<div style="text-align: justify;">
Hoy m<span style="font-family: inherit;">e ha </span>entrevistado Emilio Hidalgo de Onda Cero para hablar sobre el Certificado de Eficiencia Energética, desde aquí se puede escuchar la grabación.<span style="background-color: white; color: #333333; font-family: 'lucida grande', tahoma, verdana, arial, sans-serif;"><span style="font-size: x-small;"><span style="line-height: 18px;"> </span></span></span><br />
<span style="background-color: white; color: #333333; font-family: 'lucida grande', tahoma, verdana, arial, sans-serif;"><span style="font-size: x-small;"><span style="line-height: 18px;"><br /></span></span></span>
<br />
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="http://4.bp.blogspot.com/-AHadJX4f_8M/UW6zo6MDrrI/AAAAAAAAAX8/0dcloiQ06Lk/s1600/556054_560270087327409_2052003123_n.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="http://4.bp.blogspot.com/-AHadJX4f_8M/UW6zo6MDrrI/AAAAAAAAAX8/0dcloiQ06Lk/s1600/556054_560270087327409_2052003123_n.jpg" height="240" width="320" /></a></div>
<span style="color: #333333; font-family: lucida grande, tahoma, verdana, arial, sans-serif; font-size: x-small;"><span style="line-height: 18px;"><br /></span></span>
<span style="color: #333333; font-family: inherit;"><span style="line-height: 18px;">Si no os funciona el reproductor aquí cuelgo un mp3 para descargar: <a href="http://goo.gl/A5y3x" target="_blank">Entrevista Onda Cero</a></span></span><br />
<span style="background-color: white; color: #333333; font-family: 'lucida grande', tahoma, verdana, arial, sans-serif;"><span style="font-size: x-small;"><span style="line-height: 18px;"><br /></span></span></span>
<div style="text-align: center;">
<span style="background-color: white; color: #333333; font-family: 'lucida grande', tahoma, verdana, arial, sans-serif;"><span style="font-size: x-small;"><span style="line-height: 18px;"><span style="font-size: 13px;"> </span><object height="132" width="353"><embed src="http://www.goear.com/files/external.swf?file=d6ebf60" type="application/x-shockwave-flash" wmode="transparent" quality="high" width="353" height="132"></embed></object></span></span></span></div>
</div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-23273065545329079572013-04-06T10:04:00.001+02:002013-04-06T10:04:34.421+02:00REAL DECRETO por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.<br />
<div style="text-align: justify;">
Cuelgo en enlace del Consejo de Ministros de ayer, donde finalmente se aprobó el Certificado Energético y otras medias también muy interesantes. Copio y pego directamente aquí lo referido al Certificado Energético. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Enlace: <a href="http://goo.gl/fgV87" target="_blank">Consejo de Ministros 5 de abril de 2013</a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>CERTIFICADO ENERGÉTICO PARA ALQUILAR O COMPRAR</b></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="http://4.bp.blogspot.com/-3pEY3SrH_KA/UV_V3SS0HDI/AAAAAAAAAXE/ylpJxcpvjBo/s1600/Soraya_Saenz_de_Santamaria-Ana_Mato-Ana_Pastor_MDSIMA20130405_0304_10.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em; text-align: justify;"><img border="0" src="http://4.bp.blogspot.com/-3pEY3SrH_KA/UV_V3SS0HDI/AAAAAAAAAXE/ylpJxcpvjBo/s1600/Soraya_Saenz_de_Santamaria-Ana_Mato-Ana_Pastor_MDSIMA20130405_0304_10.jpg" height="183" width="320" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
Dentro de esta política de apoyo a la vivienda y rehabilitación, y dando cumplimiento a la normativa comunitaria, el Consejo de Ministros ha aprobado, además, el Real Decreto para trasponer a la normativa española el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
La norma establece que a partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética. Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una </div>
<a name='more'></a>parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>Programas informáticos del IDAE</b></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Como herramienta para facilitar la obtención de dichos certificados, por mandato del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y del Ministerio de Fomento, el IDAE ha elaborado los programas informáticos CE3 y CE3X, ambos publicados como Documentos Reconocidos a disposición de los técnicos certificadores.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Además, el IDAE se ha encargado de llevar a cabo un plan de formación para formar a los técnicos responsables de certificar energéticamente los edificios y de aquellos otros encargados de su control e inspección sobre las herramientas reconocidas CE3 y CE3X. Finalmente, IDAE se encargará de informar a los vendedores, compradores y usuarios de viviendas y edificios en general sobre las nuevas obligaciones a las que tienen que hacer frente.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>Obligaciones para las Administraciones Públicas</b></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Igualmente, y como actuación ejemplarizante de las Administraciones Públicas, el Real Decreto obliga a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 m2 inicialmente que sean frecuentados habitualmente por el público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta de eficiencia energética.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Así, el complejo Cuzco que alberga a los Ministerios de Industria, Energía y Turismo, Economía y Competitividad y parte de Hacienda y Administraciones Públicas, ya ha sido calificado mediante el programa informático de referencia obteniendo la calificación energética C.</div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-41027194057667865142013-03-18T14:39:00.000+01:002013-03-20T13:01:38.439+01:00Plantillas PRESTO<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="http://1.bp.blogspot.com/-L-FOL2eYBCc/UUcDtQctTSI/AAAAAAAAAWU/IdPx4_R83Fs/s1600/RESUMEN+PRESUPUESTO+LOGO+AMIR.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="http://1.bp.blogspot.com/-L-FOL2eYBCc/UUcDtQctTSI/AAAAAAAAAWU/IdPx4_R83Fs/s1600/RESUMEN+PRESUPUESTO+LOGO+AMIR.jpg" height="320" width="224" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
Una de las opciones que da PRESTO es el diseño de informes, para así quien quiera pueda personalizar el aspecto de los presupuestos, mediciones, certificaciones, etc.. Esta opción que nos da PRESTO es bastante buena pero nada intuitiva y se hace bastante complicada la edición de las plantillas. Para el que no quiera utilizar las plantillas que vienen por defecto dejo para la descarga unas plantillas que utilizo yo.<br />
Para instalarlas simplemente hay que copiar los archivos en la subcarpeta Informes que está en el directorio de PRESTO, una vez copiados se reinicia el programa y ya se pueden utilizar. Para cambiar la cabecera o el pie de página hay que entrar en Diseño de informes y sustituir las <br />
<a name='more'></a>imágenes por las que queráis.</div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Si alguien no sabe hacerlo que me mande un correo y le echaré una mano. Estas plantillas son validas para Presto 8.8 y 8.9 que es donde yo las he probado, en otras versiones desconozco si sirven.</div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: x-small;"><br /></span></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: x-small;">Descargas:</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<a href="http://goo.gl/kgCYm" target="_blank">Plantillas Mediciones y presupuestos</a></div>
<div style="text-align: justify;">
<a href="http://goo.gl/ut2yB" target="_blank">Plantillas Certificaciones</a></div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com30tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-60263504254016898182013-03-13T17:11:00.000+01:002013-03-20T12:59:28.312+01:00Informe de Precios de la energía<a href="http://1.bp.blogspot.com/-J9P_Wxrc3L0/UUCk5nL47tI/AAAAAAAAAVw/UJ9eHfKUpzM/s1600/C%C3%B3mo-hacer-energ%C3%ADa-e%C3%B3lica-casera-1.jpg" imageanchor="1" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" src="http://1.bp.blogspot.com/-J9P_Wxrc3L0/UUCk5nL47tI/AAAAAAAAAVw/UJ9eHfKUpzM/s1600/C%C3%B3mo-hacer-energ%C3%ADa-e%C3%B3lica-casera-1.jpg" height="154" width="200" /></a><br />
<div style="text-align: justify;">
Los que usamos programas para el cálculo de la eficiencia energética solemos calcular e indicar medidas de ahorro energético, que varían dependiendo del caso que estemos estudiando y para ello necesitamos saber lo que cuesta la energía que proponemos en nuestras medidas de mejora. </div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
A continuación os dejo para que os descarguéis los siguientes documentos: </div>
<br />
<div style="text-align: justify;">
Descarga: <a href="http://goo.gl/7u6oJ" target="_blank">INFORME DE PRECIOS ENERGÉTICOS: COMBUSTIBLES Y CARBURANTES</a></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: x-small;">Datos a 4 de marzo del 2013</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Descarga: <a href="http://goo.gl/1GY2l" target="_blank">INFORME DE PRECIOS ENERGÉTICOS REGULADOS</a></div>
<div style="text-align: justify;">
<span style="font-size: x-small;">Datos febrero de 2013</span></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Toda esta información y mucha más la podéis encontrar en la <a href="http://www.idae.es/" target="_blank">web</a> del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-47387769021775615562013-03-12T10:34:00.000+01:002013-03-12T10:34:19.168+01:00Posible RD de certificación energética y RD RITE<div style="text-align: justify;">
<div>
Dejo para su descarga dos documentos que aunque ya son conocidos nunca viene de más tenerlos a mano hasta que se aprueben los definitivos.</div>
<div>
<br /></div>
<div>
Este real decreto completa la transposición de la Directiva 2002/91/CE, en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios y complementa al Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, que aprobó un procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. A diferencia del anterior, que estaba dirigido a los edificios de nueva construcción y a los edificios existentes que sean objeto de modificaciones, reformas o rehabilitaciones y que tengan una superficie útil superior a 1.000 m2 y en los que se renueve más del 25 por cien del total de sus cerramientos, el ámbito de aplicación de este nuevo real decreto obliga a que todos los edificios existentes, cuando se vendan o se arrienden, dispongan de un certificado de eficiencia energética.</div>
<div>
<br /></div>
<div>
Descarga: <a href="https://www.dropbox.com/s/5b00rvoqk4lxrf4/RD_PROCEDIM_CERTIF_ENERG_EDIF_EXISTENTES.pdf" target="_blank">RD PROCEDIMIENTO CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA</a></div>
</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, de proceder a una revisión periódica en intervalos no superiores a cinco años de la exigencia de eficiencia energética, hacen necesario realizar una serie de modificaciones al actual Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (conocido en la práctica por su acrónimo, RITE)</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Descarga: <a href="https://www.dropbox.com/s/gpe09p88o2ctrkj/PROYECTO_RD_BORRADOR_RITE.pdf" target="_blank">PROYECTO RD BORRADOR RITE</a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-53494053695317094852013-03-05T13:29:00.000+01:002013-03-06T10:07:05.581+01:00¿Nos engañan con el hormigón?<div style="text-align: justify;">
Hoy voy a explicar como controlar que no nos engañen cuando pedimos a la planta hormigón para la obra. El método que empleo yo es realmente muy sencillo, pero como a mí me pasó en su día, no sabía como comprobarlo y me lo tuvieron que explicar pues escribo este post que seguro que a más de uno le vendrá bien. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
En la planta de hormigón cuando el encargado hacía un pedido de hormigón por ejemplo para un muro, le preguntaban si el muro era a una cara o a dos, no hay que ser ni muy listo, ni muy desconfiado para pensar mal y empezar a sospechar. Yo como soy algo desconfiado, no mucho, pues busqué la manera de comprobar que no nos engañan.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
En obra es muy fácil calcular el volumen de hormigón suministrado siempre que su destino sea para pilares, muros a dos caras y también en forjados, pero en este ultimo caso ya no es tan exacto debido a que parte del hormigón se cuela entre las bovedillas (si no son de "porexpan"). </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="http://2.bp.blogspot.com/-1xwtdnhv888/UTXkkwCQ2WI/AAAAAAAAAUA/cTOqDwWKj6w/s1600/hormigon.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="http://2.bp.blogspot.com/-1xwtdnhv888/UTXkkwCQ2WI/AAAAAAAAAUA/cTOqDwWKj6w/s1600/hormigon.jpg" height="240" width="320" /></a></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>¿como hago la comprobación?</b><br />
<a name='more'></a></div>
<a href="https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=5441152096251441278" name="more"></a><br />
<div style="text-align: justify;">
<b><br /></b></div>
<div style="text-align: justify;">
Lo primero es localizar una báscula donde poder pesar el camión, en una ocasión cerca de la obra había una gravera y como era cliente me hicieron el favor y utilicé sus instalaciones. Es importante que la báscula no este lejos para no demorar el hormigonado y que el hormigón nos caduque.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Llamar a la planta y pedir hormigón para soleras, bataches o cualquier unidad de obra que no sea fácil cubicar. No hace falta decir que estas comprobaciones conviene hacerlas al principio de la obra y no cuando ya estemos terminando y no<span style="background-color: white;"> haya </span>remedio.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Cuando llega el camión a obra o si se puede antes se le desvía a la báscula y se pesa. Una vez pesado y de camino a la obra hay que vigilar que el camión no vaya vaciando el deposito de agua, para ello hay que hacer dos cosas:</div>
<div style="text-align: justify;">
1º. Avisar al conductor que se va a controlar que no vacíe el deposito de agua.</div>
<div style="text-align: justify;">
2º. Hay que ir detrás del camión camino de la obra vigilando que no vacía el deposito.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Al llegar a la obra y como en cada recepción de hormigón comprobar que todo sea correcto y verter el hormigón con toda normalidad hasta vaciar la cuba, sin olvidarnos de controlar el agua.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Una vez terminado el hormigonado hay que volver a la planta e igual que en la ida hay que vigilar que el camión no suelte agua, se pesa y cada uno a su trabajo.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Se hace la cuenta: (datos inventados)</div>
<div style="text-align: justify;">
<i>Pesada 1: 20.000kg</i></div>
<div style="text-align: justify;">
<i>Pesada 2: 9.000kg Diferencia: 11.000kg</i></div>
<div style="text-align: justify;">
<i><br /></i></div>
<div style="text-align: justify;">
<i>Si el pedido es de 6 m3 y teniendo en cuenta que más o menos 1m3=2.200kg</i></div>
<div style="text-align: justify;">
<i><br /></i></div>
<div style="text-align: justify;">
<i>11.000kg / 2.200kg/m3 = 5m3</i></div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
Es decir, en lugar de 6m3 nos han servido 5m3, con estos resultados ya cada uno decide lo que hacer. Según vais leyendo este post parece que es una caza de brujas contra las plantas de hormigón, pero no, en mi caso he de decir que no me he llevado sorpresas, si he tenido variaciones pero nunca superiores a un 10%.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
Hoy en día poco hormigón se pide, es mas, se hace raro ver una hormigonera, pero no hay que perder la esperanza!!<br />
<br />
<b>¿Como hacéis vosotros las comprobaciones?</b>Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com17tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-18042841977628316282013-02-26T10:36:00.001+01:002013-02-28T12:42:19.739+01:00Certificación Energética en Castilla La Mancha<div style="text-align: justify;">
Gracias a los amigos de elcertificador.com podemos saber que requisitos hay que cumplir en cuanto a normativa según en la comunidad autónoma que trabajemos. En mi caso, Castilla La Mancha tendrá que cumplir la normativa específica de la comunidad para la tramitación y registro del correspondiente del Certificado Energético, tanto de Obra Nueva como de Edificios Existentes. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
</div>
Los Certificadores Energéticos que quieran desarrollar su actividad en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, deberán conocer y cumplir con estos requisitos.<br />
<br />
Normativa autonómica en Certificación de Eficiencia Energética de Edificios:<br />
<a name='more'></a><br />
<br />
<a href="http://www.elcertificador.com/wp-content/uploads/2013/01/Decreto-6_2011-de-1-de-febrero-2011-certificacion-energetica-edificios-registro-certificados-y-entidades-verificacion-castilla-la-mancha.pdf" target="_blank" title="Certificación Energética Castilla La Mancha">Decreto
6/2011, de 01/02/2011, por el que se regulan las actuaciones en materia
de certificación energética de edificios en la comunidad autónoma de
Castilla-La Mancha y se crea el Registro Autonómico de Certificados de
Eficiencia Energética de Edificios y Entidades de Verificación de la
Conformidad.</a><br />
<br />
<br />
<strong>Organismo autonómico regulador y controlador de la Certificación Energética:</strong><br />
<ul>
<li><a href="http://www.castillalamancha.es/tema/industria-y-tecnolog%C3%ADa/industria-y-energ%C3%ADa" target="_blank">Consejería de Industria y Sociedad de la información Industria y Energía. Promoción empresarial y Comercio</a></li>
<li>Avda. Río Estenilla, s/n 45071 – Toledo</li>
<li>Teléfono: 925-267-800</li>
</ul>
<strong>Registro telemático de Certificados Energéticos:</strong><br />
<ul>
<li><a href="https://www.jccm.es/tramitesygestiones/inscripci%C3%B3n-de-certificados-de-eficiencia-energ%C3%A9tica-en-el-registro-auton%C3%B3mico--0">INSCRIPCIÓN
DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EL REGISTRO AUTONÓMICO DE
CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENTIDADES DE VERIFICACIÓN DE LA
CONFORMIDAD. (FASE DE PROYECTO)</a></li>
</ul>
<div>
<br /></div>
<ul>
<li><a href="https://www.jccm.es/tramitesygestiones/inscripci%C3%B3n-de-certificados-de-eficiencia-energ%C3%A9tica-en-el-registro-auton%C3%B3mico-de">INSCRIPCIÓN
DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EL REGISTRO AUTONÓMICO DE
CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ENTIDADES DE VERIFICACIÓN DE LA
CONFORMIDAD. (EDIFICIO TERMINADO)</a></li>
</ul>
<div style="text-align: right;">
<span style="font-size: x-small;"><a href="http://www.elcertificador.com/">http://www.elcertificador.com</a></span></div>
<br />Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com1tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-89230233154595639512013-02-16T22:31:00.001+01:002013-02-28T12:51:42.605+01:00Errores a evitar al firmar un contrato de alquilerDesde la web de consumer.es nos indican varios errores frecuentes a la hora de alquilar un piso y como evitar tener más de un quebradero de cabeza.<br />
<br />
1. No comprobar que el arrendador es el propietario<br />
<br />
Lo habitual, y lo que ocurre en casi todos los casos, es que el dueño de la vivienda sea a su vez quien la pone en alquiler. Pero otras veces son personas ajenas al piso o familiares del titular los que intenten arrendar la casa. Es posible que, tras una sentencia judicial de divorcio o como consecuencia de una herencia, la vivienda ya no pertenezca al titular que en su momento ostentaba la propiedad o parte de ella y por tanto no tiene el derecho de alquilarla.<br />
<br />
Hay que cerciorarse de que el arrendador sea el propietario de la vivienda<br />
Para evitar engaños, conviene consultar previamente los archivos del Registro de la<br />
<a name='more'></a>Propiedad. Basta con pedir una nota simple que, por un precio aproximado de 3 euros, revela si quien figura como propietario es la persona que pone el piso en alquiler.<br />
<br />
También es posible que se trate de un subarriendo, que la casa esté ya ocupada por otra persona y cuando llegue el nuevo inquilino se encuentre a gente viviendo en el piso que va a habitar.<br />
<br />
Aunque la ley se posiciona casi siempre del lado del arrendatario que ha sido engañado, a veces ya se han adelantado cantidades o comprometido el dinero mediante un aval, cuya recuperación puede dilatarse en el tiempo.<br />
<br />
2. Desconocer si la inmobiliaria cobra al inquilino<br />
<br />
Si el contrato de alquiler se va a hacer a través de una agencia, el interesado en arrendar la casa debe preguntar en primer lugar los honorarios del establecimiento. Lo más frecuente es que sea el dueño del piso quien corra con los gastos, pero algunas agencias cobran también al inquilino.<br />
<br />
Compensa, por tanto, conocer este dato para optar por otra empresa para formalizar el alquiler o simplemente con el objetivo de saber por cuánto saldrá la transacción. Es mejor estar al corriente desde el principio para no llevarse desagradables sorpresas cuando se vaya a firmar.<br />
<br />
3. No negociar<br />
<br />
El mercado del alquiler ha cambiado en los últimos años y muchos propietarios que no pueden vender su segunda vivienda optan por arrendarla. A veces prefieren recibir un precio algo más bajo que mantenerla vacía, pero en general quieren un inquilino que les dé cierta seguridad.<br />
<br />
Si el interesado cumple con el perfil requerido por el dueño, siempre se puede intentar que éste le haga una rebaja en la mensualidad, que realice pequeñas reformas o dé flexibilidad a alguna cláusula incluida en el contrato.<br />
<br />
4. Hacer un contrato verbal<br />
<br />
La ley da la posibilidad de celebrar el contrato por escrito o de palabra y ambos tienen validez. Pero a la hora de demostrar que se ha llegado a ciertos acuerdos o que se habían fijado determinadas cláusulas es mucho más difícil hacerlo si el contrato se ha realizado de manera verbal.<br />
<br />
Puede ser negativo tanto para el propietario como para el inquilino. Si uno de ellos obra con mala fe, puede asegurar que se pactó una cosa cuando en realidad se había acordado lo contrario. Por ejemplo, si se dijo que el propietario pagaría los gastos de la comunidad este puede alegar que es falso si quiere echar al arrendatario. El inquilino, por su parte, puede sostener que el dueño de la vivienda se comprometió a cobrarle una cantidad más baja y no hay forma de demostrar que esto no es así.<br />
<br />
5. No leer el contrato<br />
<br />
Es uno de los errores que se comete con más frecuencia: dar por supuesto que las cláusulas incluidas son las que se habían acordado de antemano. Si no se revisa el escrito y es la otra parte quien lo ha redactado, cabe la posibilidad de que no aparezca todo lo que el inquilino desea.<br />
<br />
Conviene reflejar en el contrato si la casa tiene desperfectos<br />
La mayoría de las veces esto ocurre sin mala fe por parte del propietario, que se limita a copiar un modelo de contrato sin modificar las cláusulas que en él aparecen. Si no se mira con detalle es posible que se excluyan ciertos aspectos importantes para el arrendatario.<br />
<br />
6. No firmar todas las hojas<br />
<br />
Abogados y expertos inmobiliarios recomiendan estampar la firma en cada uno de los folios y anexos que aparecen en el contrato y no solo en el primero o en el último.<br />
<br />
De esta forma se evita que después se introduzcan cláusulas o se eliminen partes que perjudiquen al inquilino o al propietario.<br />
<br />
7. No revisar la casa ni reflejarlo en el contrato<br />
<br />
Algunas veces la vivienda que se va a alquilar no está en muy buenas condiciones; está habitable pero tiene alguna grieta, desperfectos, el sistema eléctrico falla o las tuberías se atascan. Si el inquilino acepta entrar a vivir aunque la casa tenga algunas pegas, debe dejar por escrito en el contrato los desperfectos que presenta la vivienda y si el dueño se compromete a repararlas.<br />
<br />
Si esto no se plasma en el contrato, el propietario puede negarse a hacer el arreglo una vez que el inquilino ya se encuentra en la vivienda. Y lo que es peor, un tiempo después, puede decir que ha sido el arrendatario quien ha causado los daños en la casa. Esto le puede dar derecho a pedir que lo pague e incluso a echarle del piso.<br />
<br />
8. No hacer inventario<br />
<br />
De la misma forma que conviene dejar constancia del estado de la vivienda, en el contrato se debe incluir con claridad, en un anexo, el mobiliario que se queda en el piso, los electrodomésticos y el estado en el que se encuentran.<br />
<br />
Si es posible, se debe evitar adelantar cantidades muy elevadas<br />
Hay que dejar claro si la casa está amueblada, semiamueblada o se alquila vacía. Así el inquilino evita que después se le culpe de haber estropeado un aparato que ya no se encontraba en estado óptimo y el dueño se cubre las espaldas si le falta algún objeto.<br />
<br />
9. Dar por supuesto algo que no aparece por escrito<br />
<br />
Con bastante frecuencia, al leer el contrato el inquilino se da cuenta de que algunas cosas no aparecen entre las cláusulas. Al decírselo al dueño o al agente inmobiliario éste le tranquiliza, resta importancia al asunto y asegura que se da por supuesto.<br />
<br />
En los contratos no hay que dejar nada al azar y todo debe estar plasmado pues, como se suele decir, las palabras se las lleva el viento. Hay que prever todas las circunstancias y pedir que se modifique el contrato para que figuren en el nuevo escrito. Puede que por prudencia o por vergüenza el futuro inquilino no haga esta petición y cuando tenga que reclamar será mucho más difícil que le den la razón.<br />
<br />
10. No fijar la forma de pago<br />
<br />
En el contrato siempre debe aparecer la manera en que se van a abonar las mensualidades del alquiler. El ingreso en la cuenta bancaria del arrendador es una de las más cómodas, pero también se puede pactar que el propietario acuda a la casa durante los 10 primeros días del mes para cobrar el dinero. En este caso el pagador debe obtener un recibo cada vez que hace efectivo el abono.<br />
<br />
Es importante tanto para el inquilino como para el dueño del piso que quede por escrito la forma de pago, pues de lo contrario una de las dos partes puede argumentar que intentó abonar el dinero o cobrarlo y no fue posible.<br />
<br />
11. Acceder a pagar conceptos que corresponden al propietario<br />
<br />
Algunos anuncios de alquiler de vivienda son muy llamativos por su bajo precio. Después, al consultarlo, resulta que hay que pagar por todos los gastos y junto al agua caliente, la luz, la calefacción -que corren por parte del inquilino- también hay que abonar otros conceptos como el IBI, el impuesto de basuras, el agua fría o la comunidad de vecinos.<br />
<br />
La ley da completa libertad al propietario para que introduzca en el contrato cláusulas en las que atribuya al arrendatario el pago de todos estos servicios, pero es conveniente que antes de firmar el inquilino calcule cuánto va a tener que pagar por estos impuestos que, en principio y si no se establece lo contrario, le corresponderían al dueño del piso.<br />
<br />
12. Aceptar hacer un aval elevado o por mucho tiempo<br />
<br />
Es normal que el propietario de un piso quiera asegurarse el pago de las cuotas del alquiler, ya que son muchos los casos de inquilinos que no son solventes o que después de un tiempo dejan de pagar. Puede hacerlo a través de la solicitud de un aval: el cliente deposita en el banco el dinero que le pida el propietario y si no abona las cuotas el arrendador puede quedarse con ello.<br />
<br />
Pero hay veces que la cantidad solicitada es muy elevada y, sobre todo, hay que dejarla durante varios años. Si esto es así compensa negociar con el dueño e incluso buscarse otra casa en la que no haya que dejar el dinero inmovilizado durante tanto tiempo.<br />
<br />
13. Adelantar cantidades elevadas<br />
<br />
También hay que evitar, en la medida de lo posible, abonar de manera anticipada muchas mensualidades para quedarse con la vivienda.<br />
<br />
Salvo que la economía esté muy saneada o se trate de una casa única, que se adapta a la perfección a las necesidades del inquilino, es mejor negociar y no quedarse sin un dinero que puede ser imprescindible.Anonymoushttp://www.blogger.com/profile/16005685987554847218noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5441152096251441278.post-83502670766577602682013-02-08T13:14:00.001+01:002013-02-28T12:52:26.905+01:00Preguntas y respuestas sobre la Certificación Energética<span style="text-align: justify;">A continuación quiero compartir un texto recogido de la web del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, IDAE, que me a parecido muy interesante, donde intentan contestar a muchas de las preguntas que surgen sobre el tema de la certificación energética de los edificios.</span><br />
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>-¿Qué es la certificación de eficiencia energética de un edificio?</b></div>
<div style="text-align: justify;">
La certificación de eficiencia energética de un edificio es el proceso por el que se verifica la conformidad de la calificación energética obtenida con el edificio existente y que conduce a la expedición del certificado de eficiencia energética existente. </div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>-¿Qué edificios tienen la obligación de tener un certificado de eficiencia energética (según borrador de Real Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)?</b></div>
<div style="text-align: justify;">
Los edificios existentes que sean objeto de compraventa o de arrendamiento.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
-¿<b>Qué edificios no tienen la obligación de tener un certificado de </b><br />
<a name='more'></a><b>eficiencia energética (según borrador de Real Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)?</b></div>
<div style="text-align: justify;">
a) Las edificaciones que por sus características de utilización deban permanecer abiertas.</div>
<div style="text-align: justify;">
b) Edificios y monumentos protegidos oficialmente, cuando el cumplimiento de tales exigencias pudiesen</div>
<a href="https://www.blogger.com/blogger.g?blogID=5441152096251441278" name="more"></a> alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto.<br />
<div style="text-align: justify;">
c) Edificios utilizados como para culto y actividades religiosas.</div>
<div style="text-align: justify;">
d) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o menor de dos años.</div>
<div style="text-align: justify;">
e) Edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales.</div>
<div style="text-align: justify;">
f) Edificios aislados con superficie menor de 50m2.</div>
<div style="text-align: justify;">
g) Edificios de sencillez técnica y escasa entidad constructiva que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma eventual o permanente, se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas.</div>
<div style="text-align: justify;">
h) Edificios que se compren para su demolición.</div>
<div style="text-align: justify;">
i) Edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento por un tiempo inferior a cuatro meses.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>-¿Quién tiene la obligación de contratar la realización del certificado de eficiencia energética (según borrador de Real Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)?</b></div>
<div style="text-align: justify;">
El propietario del edificio completo, vivienda o local destinado a uso independiente o de titularidad jurídica diferente será el responsable de encargar y conservar el certificado de eficiencia energética.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>-¿Quién puede realizar el certificado de eficiencia energética (según borrador de Real Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)?</b></div>
<div style="text-align: justify;">
Será suscrito por técnicos que estén en posesión de la titularidad académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, elegidos libremente por el propietario.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>-¿El certificado lo tiene que realizar una empresa determinada (según borrador de Real Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)?</b></div>
<div style="text-align: justify;">
La calificación energética del edificio lo puede hacer cualquier profesional que esté en posesión de la titulación necesaria para ello y es elegido libremente por la propiedad del edificio</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>-¿Qué validez tiene el certificado (según borrador de Real Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)?</b></div>
<div style="text-align: justify;">
El certificado de eficiencia energética tendrá una validez de diez años. El propietario podrá voluntariamente proceder a su actualización, cuando considere que existen variaciones en el edificio que pudieran modificar el certificado de eficiencia energética.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>-¿Qué elementos en la vivienda son clave para el ahorro?</b></div>
<div style="text-align: justify;">
Las medidas para el ahorro pueden dividirse en dos grupos claramente diferenciados, por un lado las medidas relativas a la envolvente y elementos constructivos, y entre ellas podemos encontrar mejoras en la envolvente, fachadas, cubiertas, y huecos, considerándose en estas últimas la sustitución de ventanas y vidrios.</div>
<div style="text-align: justify;">
Por otro lado encontramos las medidas sobre los sistemas. En la calificación energética los consumos energéticos considerados son los relativos a los equipos de climatización y producción de agua caliente sanitaria, y además en el caso de edificios terciarios, debido a su peso relativo en el consumo energético total, la iluminación.</div>
<div style="text-align: justify;">
Por tanto la sustitución de calderas por otras de alto rendimiento, condensación, etc., son medidas muy habituales con las que conseguiremos ahorros energéticos, la sustitución de equipos terminales (radiadores) también repercutirán positivamente.</div>
<div style="text-align: justify;">
Y por último, los sistemas de control y gestión tanto de iluminación como de climatización.</div>
<div style="text-align: justify;">
<br /></div>
<div style="text-align: justify;">
<b>Un ejemplo</b></div>
<div style="text-align: justify;">
A continuación, un ejemplo de una actuación relativa a la envolvente del edificio, mediante el cual se aclare cómo podría afectar una rehabilitación específica en una vivienda con una ubicación determinada:</div>
<div style="text-align: justify;">
Características:</div>
<div style="text-align: justify;">
Rehabilitación de fachada en bloque de viviendas en Madrid</div>
<div style="text-align: justify;">
24 viviendas en 6 plantas (600 m2 por planta)</div>
<div style="text-align: justify;">
Nivel de aislamiento de fachada: NBE-CT-79 (normativa de edificación de 1979) + vidrio simple</div>
<div style="text-align: justify;">
Caldera gasóleo (rendimiento nominal 85% y rendimiento medio estacional: 65,5%)</div>
<div style="text-align: justify;">
Con estas características el edificio en cuestión presenta una clasificación F</div>
<div style="text-align: justify;">
Si realizan mejoras en la fachada, de forma que se adapte a las exigencias marcadas </div>
<div style="text-align: justify;">
para vivienda nueva a partir del 2007 (Código Técnico de la Edificación de 2007), las ventanas se sustituyen por otras de Vidrio doble + marco con rotura de puente térmico, se consigue una clasificación energética E. </div>
<div style="text-align: justify;">
La inversión necesaria para rehabilitar energéticamente fachadas puede oscilar entre 6.000 € €/vivienda (si se aisla solo la fachada) y 10.000 €/vivienda (si se rehabilita fachada, huecos y cubierta). </div>
<div style="text-align: justify;">
En este mismo caso, si se optase por una sustitución del sistema de calefacción, con una inversión de, en torno a 3.000 €, podría suponer una reducción del 31% en el consumo de calefacción (frente al 34% en el caso de rehabilitar la sólo la fachada) </div>
<div style="text-align: justify;">
-Clasificación energética. División y ahorros energéticos a los que hay que llegar para obtener cada letra.</div>
<div style="text-align: justify;">
La escala de eficiencia energética en edificación abarca desde la letra A a la letra G:</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<a href="http://1.bp.blogspot.com/-ZrnUnuQr3hU/URS9dhRGz5I/AAAAAAAAATQ/enFEupsxY0g/s1600/A9R22C6.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="http://1.bp.blogspot.com/-ZrnUnuQr3hU/URS9dhRGz5I/AAAAAAAAATQ/enFEupsxY0g/s1600/A9R22C6.jpg" height="320" width="260" /></a></div>
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</div>
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Es necesario entender el concepto de clasificación, y en base a qué criterios están definidos los límites entre las letras que dan la clasificación energética (parámetros C1 y C2).</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: left;">
La escala de clasificación energética está basada en las emisiones de CO2 (C1 y C2) y son resultado de la división entre las emisiones del edificio en cuestión y un edificio de similares características y que cumple, bien los requisitos relativos a el Código Técnico de la Edificación (edificios construidos a partir de la entrada en vigor del CTE 2007), o edificios existentes, en cuyo caso la referencia corresponde a unos valores medios de emisiones relativos al parque edificatorio existente y con características similares al edificio objeto.</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: left;">
Como se puede comprobar es sumamente complicado trasladar unos valores así a ahorros energéticos entre letras, ya que depende del tipo de edificio, año de construcción, localización, etc.</div>
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A modo de ejemplo se pueden ofrecer datos de los límites entre clases para la calificación de la demanda y las emisiones de viviendas unifamiliares de viviendas unifamiliares emplazadas en Madrid.</div>
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<br /></div>
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<a href="http://4.bp.blogspot.com/-3YpWzCf3V5A/URS-Zbo9YNI/AAAAAAAAATc/AqnNst3Pb4Y/s1600/cuadro+1.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="http://4.bp.blogspot.com/-3YpWzCf3V5A/URS-Zbo9YNI/AAAAAAAAATc/AqnNst3Pb4Y/s1600/cuadro+1.jpg" height="113" width="400" /></a></div>
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<br /></div>
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</div>
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Un ejemplo de interpretación es que si una vivienda con esas características tiene unas emisiones de 75 kgCO2/m2 (luego es letra F) y consigue reducir las mismas a 65 kgCO2/m2 habrá alcanzado la letra E.</div>
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Estas tablas son diferentes para cada localidad, e incluso si la vivienda es unifamiliar, en bloque o un edificio terciario.</div>
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<br /></div>
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<b>-Coste energético de una vivienda media en España en kWh año/ euros</b></div>
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</div>
<ul>
<li>Consumo Total Medio por hogar: 0,852 tep </li>
<li>Consumo Medio según Tipo de Vivienda</li>
<ul>
<li>Unifamiliar: 1,334 tep</li>
<li>Piso: 0,649 tep</li>
</ul>
<li>Consumo de Electricidad Medio por Hogar: 3.487 kWh</li>
</ul>
<br />
<br />
<br />
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</div>
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<b>-¿Cuánto tiempo se necesita para certificar una vivienda de tamaño medio?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Para certificar una vivienda es necesario tener los datos relativos a la ubicación, año de construcción, características constructivas, estado actual de la vivienda y reformas que ha sufrido, así como datos relativos a los equipos de climatización y agua caliente sanitaria, potencias, características de rendimiento, uso de las instalaciones, etc.</div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Una vez recopilados todos los datos y realizada la visita pertinente para evaluar el estado de la vivienda, hay que introducirlos en el programa informático habilitado a tal efecto (actualmente hay 2 procedimientos simplificados habilitados para calificar una vivienda existente, CE3 y CE3X). El tiempo empleado para ello depende de la destreza del técnico certificador, y puede oscilar desde horas hasta días, si se trata de un edificio de alta complejidad en sistemas y características constructivas.</div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<b>-¿Qué medidas pueden mejorar la clasificación energética (ahorros energéticos, coste, tiempo y amortización de la inversión, etc.)?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
La escala de calificación energética abarca desde la A, para los edificios muy eficientes, hasta la G, para los menos eficientes.</div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Si un edificio tiene una calificación G tendrá multitud de opciones de mejorar la calificación energética, pero no se trata de una decisión genérica ni trivial, el técnico certificador, evaluando los datos de calificación obtenidos para dicho edificio en particular, deberá incorporar en el certificado de eficiencia energética las medidas más adecuadas para mejorar su calificación, y éstas estarán personalizadas para dicho edificio en dicha ubicación.</div>
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<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<b>-¿Cuándo entrará en vigor la normativa?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Actualmente está previsto que los mecanismos que van a trasponer la Directiva 2010/31/UE serán, la revisión del Código Técnico de la Edificación, la revisión del Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (ambos está previsto se publique en los próximos meses), y un Real Decreto que efectivamente cubrirá los requisitos que deben cumplirse para esa fecha.</div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Este último Real Decreto está actualmente (enero 2013) pendiente de publicación después de haber estado publicado su borrador en audiencia pública el pasado mes de junio. Previsiblemente en las próximas fechas pasará los trámites oficiales de aprobación.</div>
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<br /></div>
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<b>-Si un ciudadano quisiera certificar su hogar, ¿qué tendría que hacer (según borrador de Real Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Debería buscar los servicios de un técnico certificador energético de edificios, hay que tener en cuenta que la calificación energética del edificio lo puede hacer cualquier profesional que esté en posesión de la titulación necesaria para ello y es elegido libremente por la propiedad del edificio.</div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Este técnico realizará los trabajos propios para obtener la calificación energética, y ésta deberá registrarse en el órgano competente de su Comunidad Autónoma. Dicho órgano competente deberá establecerse cuando se publique el Real Decreto que regule esta certificación.</div>
<br />
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<br /></div>
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</div>
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<b>-Procedimiento de obtención del Certificado de Eficiencia Energética (según borrador de Real Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)</b></div>
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<b><br />
</b></div>
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Esquema de pasos a seguir</div>
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<br /></div>
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<a href="http://3.bp.blogspot.com/-DuRl2rGstvI/URS_ynj6quI/AAAAAAAAATo/zUHeV-Y1aKc/s1600/esquema.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" src="http://3.bp.blogspot.com/-DuRl2rGstvI/URS_ynj6quI/AAAAAAAAATo/zUHeV-Y1aKc/s1600/esquema.jpg" height="468" width="640" /></a></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<br /></div>
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</div>
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<b>-Si se vive en una casa alquilada, ¿Se puede pedir la certificación al propietario?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
Hasta que no se publique el Real Decreto que lo regula, no hay obligación de tener dicho certificado para edificios construidos previamente a la entrada en vigor del RD 47/2007, que regulaba la certificación energética de edificios de nueva construcción.</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
<b>-Cuando entre en vigor la directiva, en el caso de una casa alquilada y el propietario no la tiene certificada ¿qué se puede hacer? (según borrador de Real Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)</b></div>
<br />
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
En el caso de que la vivienda no esté exenta del cumplimiento de dicho Real Decreto, el dueño tiene la obligación de tener dicho certificado, por tanto podría denunciar al mismo por incumplimiento.</div>
<br />
<br />
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</div>
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<br /></div>
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<b>-¿Qué información debe contener el certificado?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
El certificado de eficiencia energética debe contener como mínimo la siguiente información:</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
a) Identificación del edificio o, en su caso, la parte que se certifica. (dirección, municipio, provincia, zona climática y referencia catastyral. Catastral).</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
b) Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación energética. Se incluirá la siguiente documentación:</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
</div>
<ul>
<li>1.Descripción de las características energéticas del edificio y demás datos necesarios para obtener la calificación energética del edificio (instalaciones térmicas, envolvente térmica, y en el sector terciario, además instalaciones de iluminación y condiciones de funcionamiento y ocupación.</li>
<li>2.Normativa vigente, sobre ahorro y eficiencia, en caso de existir, en el año de construcción.</li>
<li>3.Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo por técnico certificador.</li>
</ul>
<br />
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
c) Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
Además de la clasificación global se incluyen las calificaciones parciales de: la calefacción, refrigeración, agua caliente sanitario y en el caso del sector terciario la iluminación.</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
d) Un documento conteniendo un listado con un número suficiente de medidas de ahorro energético, recomendadas por el técnico certificador.</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
Cuando la calificación es A o B en caso de acometer voluntariamente las recomendaciones la calificación subiría un nivel.</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
Dos niveles en el caso que la calificación sea D, E, F, G.</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
<b>-¿Cuándo se debe informar sobre el certificado energético? (según borrador de Real Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)</b></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
1. La etiqueta de eficiencia energética debe incorporarse a toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o publicidad del edificio.</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
2. Cuando el edificio existente sea objeto de contrato de compraventa, total o parcial, será puesto a disposición del adquiriente.</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
3. Cuando el objeto del contrato sea el arrendamiento total o parcial del edificio existente, bastará con la simple exhibición y puesta a disposición del arrendatario una copia del certificado.</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">
</div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<b>-¿Por qué la calificación energética del edificio viene expresada en kgCO2/m2 y no en unidades de energía?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Este Real Decreto es la transposición de la Directiva 2002/91/CE utilizándose el mismo sistema de medidas.</div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<b>En caso de sustituir las ventanas actuales por unas de doble acristalamiento, ¿Debería actualizar otro certificado de eficiencia energética?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
El R.D. expone que el propietario, a su voluntad, cuando considere que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar el certificado. En este caso, posiblemente la calificación energética aumentaría en 1 ó 2 categorías por lo que, si realiza una actualización del certificado, su vivienda posiblemente se revalorizaría.</div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<b>-¿Cuál de los elementos reconocidos CE3 y CE3X es más exacto y mejor?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Los dos programas son equivalentes y se puede utilizar uno u otro indistintamente.</div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<b>-Medidas clave para el ahorro energético en el hogar. Medidas Activas y Medidas pasivas</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<b><br />
</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<b>-¿Qué se entiende por medidas activas de ahorro energético?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Son las medidas que mejoran la eficiencia de los sistemas de calefacción, refrigeración o iluminación; tales como sustitución de la caldera por otra de condensación, utilización bomba de calor en los aparatos de refrigeración o instalar lámparas de bajo consumo.</div>
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<br /></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
<b>-¿Qué se entiende por medidas pasivas de ahorro energético?</b></div>
<div class="separator" style="clear: both;">
Son las medidas que disminuyen la demanda energética del edificio; tales como: Aumentar el aislamiento de la fachada, sustituir las ventanas por otras de doble acristalamiento, instalación de protecciones solares, etc.</div>
<br />
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<br /></div>
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